Los productores podrán elegir un veterinario privado acreditado para las campañas de vacunación y tendrán nuevas alternativas para adquirir y colocar dispositivos de identificación electrónica. Las medidas también buscan ampliar el papel de los entes sanitarios.
El Senasa oficializó en los últimos días dos medidas que introducen cambios en la gestión sanitaria y la trazabilidad de la hacienda. Por un lado, reglamentó la libre elección de veterinarios privados para las campañas de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina. Por otro, habilitó a los entes sanitarios y fundaciones a comercializar caravanas electrónicas y prestar servicios vinculados con su utilización.
Libre elección del veterinario
Mediante la Disposición 27/2026, el Senasa estableció el procedimiento para que los productores puedan designar un veterinario privado acreditado como responsable de las vacunaciones oficiales de sus establecimientos, a partir de la campaña 2027.
La elección deberá realizarse entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de cada año, a través de la plataforma SIGTrámites, sin nuevos aranceles.
El titular del RENSPA deberá seleccionar al profesional mediante una declaración jurada y este tendrá que aceptar la designación. Solo podrá vincularse un veterinario por establecimiento registrado. Si no se concreta la aceptación, el productor continuará asociado al ente sanitario de su jurisdicción.
El profesional elegido será responsable de las vacunaciones sistemáticas y estratégicas, del registro de las aplicaciones y de la conservación de las dosis. Para ello, deberá vincularse con depósitos de frío inscriptos ante el Senasa, que mantendrá sus facultades de fiscalización y control.
Más opciones para las caravanas electrónicas
La segunda medida, establecida mediante la Resolución 898/2026, habilita a los entes sanitarios y fundaciones que participan en las campañas antiaftosa a vender dispositivos oficiales de identificación electrónica animal.
Estas organizaciones podrán adquirir caravanas a proveedores habilitados y comercializarlas entre los productores de sus respectivas jurisdicciones.
Además, podrán ofrecer servicios de colocación, lectura electrónica y registro de los dispositivos, una alternativa especialmente dirigida a establecimientos que no cuentan con lectores propios o necesitan asistencia para realizar los trámites digitales.
El procedimiento contempla la utilización de la aplicación SIGBIOTraza, que permite asociar cada dispositivo con los datos del animal y remitir la información al Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
La declaración definitiva seguirá siendo responsabilidad del productor, aunque podrá delegar esa gestión en el ente sanitario mediante la autorización correspondiente.
Las entidades deberán mantener registros digitales de los dispositivos adquiridos, comercializados y colocados, con documentación disponible para eventuales controles durante cinco años.
Una nueva visión sobre los entes sanitarios
Ambas medidas se inscriben en una visión más amplia del Senasa sobre el futuro de los entes sanitarios. Según explicaron funcionarios nacionales a Valor Carne, “lejos de buscar una confrontación con estas organizaciones, la intención oficial es fortalecerlas y ampliar su campo de acción”, para que puedan asumir nuevas funciones y prestar más servicios a los productores.
La idea es que estas entidades, creadas décadas atrás para llevar adelante la lucha contra la fiebre aftosa, evolucionen “hacia un papel más amplio en la sanidad animal”, aseguraron.
Fuente: Valor Carne